Informació COVID-19

Extranjería

Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
 

 

  • Quedan prorrogadas automáticamente y con una vigencia de seis meses desde el levantamiento del estado de alarma todas aquellas autorizaciones de residencia o trabajo que venzan durante este periodo, sin necesidad de emitir una resolución individual para cada una de ellas en la Oficina de Extranjería. Del mismo modo, las prórrogas de estas autorizaciones quedan extendidas mediante esta norma, impulsada desde la Dirección General de Migraciones con el fin de evitar que los ciudadanos extranjeros puedan encontrarse, de manera involuntaria y a consecuencia de la suspensión de plazos administrativos, en una situación de irregularidad sobrevenida.
  • La imposibilidad de presentar solicitudes de renovación de estas autorizaciones de manera presencial, sumada a la dificultad de llevar a cabo estos trámites de manera electrónica, ha generado a los extranjeros residentes en España y a los empleadores y el resto de agentes sociales y económicos una gran inseguridad jurídica. Para solucionar esta situación, esta Orden Ministerial cubre múltiples casuísticas. Desarrollada en siete artículos, se establece la prórroga de las autorizaciones temporales de residencia o trabajo, así como de las autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería. Además, se extiende la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión Europea durante el estado de alarma y hasta un periodo de seis meses a contar desde el levantamiento de dicho estado de alarma.
  • Esta norma regula igualmente la prórroga automática de las tarjetas de identidad de extranjero concedidas sobre la base de una residencia de larga duración, así como las estancias menores de 90 días. Los visados de larga duración, expedidos al amparo de un acuerdo de movilidad de jóvenes, y los visados de estancia por estudios de hasta 180 días de duración que fueran a expirar durante el estado de alarma se verán prorrogados por un periodo de tres meses, siempre que sus titulares se encuentren en España y no les haya sido posible, por las circunstancias excepcionales ocasionadas por la crisis de la COVID-19, regresar a su país de origen.
  • Además, los titulares de autorizaciones temporales de residencia o trabajo y de las autorizaciones de estancia, así como los poseedores de una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o de larga duración prorrogada que se encuentren durante el estado de alarma en el extranjero, podrán entrar en España presentando su documento de viaje válido y en vigor, acompañado de la tarjeta de identidad de extranjero caducada.
  • Se establece, por último, que las ausencias del territorio español consecuencia de la imposibilidad de volver a España por la crisis sanitaria no serán computables a efectos de continuidad de residencia.
  • Reanudación de plazos. Con la publicación en el BOE del Real Decreto 463/2020, los plazos procesales y de caducidad/prescripción de acciones se reanudan en fecha 4 de junio. Los plazos administrativos se reanudarán, o se reiniciarán si hubiera ley específica al efecto publicada durante el periodo de alarma, el 1 de junio. +Información
  • Movilidad. A partir del día 15 de mayo entró en vigor la cuarentena obligatoria de 14 días para todas aquellas personas que entren en territorio español, tal y como está regulado en la Orden SND/403/2020, de 11 de mayo. + información (A partir de julio no deberá hacerse esta cuarentena).
  • Fronteras dentro de la Unión Europea. Ante la decisión de algunos estados miembros de cerrar sus fronteras nacionales, la Comisión Europea ha presentado a los estados miembros una serie de directrices con respecto a la gestión de fronteras con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos, velar por el tratamiento correcto de las personas que deben viajar y garantizar el suministro de mercancías y servicios esenciales. +Información