Consideración jurídica

La UOC se crea por impulso del Gobierno de la Generalitat de Cataluña para prestar un servicio de enseñanza universitaria no presencial en catalán. Para dar respuesta a esta iniciativa, se constituye como una entidad de gestión privada (fundación privada sin ánimo de lucro en la que participan representantes de la sociedad catalana).

La UOC es una universidad que presta un servicio público y se organiza mediante gestión privada. La UOC forma parte del sistema universitario de Cataluña y del sistema universitario español. Las titulaciones que ofrece son oficiales y están acreditadas por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU Catalunya), una de las tres primeras agencias incluidas en el Registro Europeo de Garantía de Calidad de la Educación Superior (European Quality Assurance Register for Higher Education, EQAR), lo que asegura el rigor y el cumplimiento de los estándares exigidos por el sistema universitario europeo.

En este sentido, la UOC es una universidad que presta un servicio público por los siguientes factores:

  • La supervisión: la UOC y sus responsables pasan los controles que la Generalitat de Cataluña y el Parlamento determinan (ratificación del rector o rectora escogido, cuentas anuales, comparecencia anual en el Parlamento, normativa de contrataciones, supervisión de la Intervención, supervisión de la Sindicatura de Comptes, supervisión del Departamento de Economía y Conocimiento del Gobierno de la Generalitat, supervisión de la Dirección General de Universidades...).

  • Los precios de matrícula: están vinculados al Decreto de precios y tasas aprobado cada año por la Generalitat de Cataluña por el que se fijan los precios de los servicios académicos en las universidades públicas de Cataluña y en la UOC.

  • La subvención pública: la UOC recibe una subvención para cubrir el coste real de las matrículas de los estudiantes. La sostenibilidad de la UOC está vinculada a esta subvención pública (un 30 % del presupuesto total) y al cumplimiento de los objetivos fijados en el contrato programa.

  • El régimen económico: se cumplen las normas de contratación administrativa pública.

  • La vinculación al sistema educativo: la UOC fue una de las impulsoras de la ACUP (Asociación Catalana de Universidades Públicas) y forma parte de ella. En el ámbito estatal, forma parte de la CRUE (Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas). El rector de la UOC asiste como miembro de pleno derecho a las reuniones del Consejo Interuniversitario de Cataluña y del Consejo de Universidades.

Por otra parte, la gestión privada se basa en:

  • el régimen de gobierno: el Patronato, máximo órgano de representación, gobierno y administración de la UOC, está formado por 11 patrones (6 privados y 5 públicos);

  • la titularidad: la Generalitat tiene representantes en el Patronato de la Fundación, pero no tiene mayoría entre sus miembros ni lo preside;

  • el régimen del tipo de contrato –del profesorado y del personal– (es decir, no son funcionarios públicos);

  • una mayor flexibilidad: el hecho de ser una fundación privada da más autonomía de gestión a la UOC y permite tomar decisiones de manera más ágil para adaptarse a los cambios del entorno.

La UOC, como el resto de las universidades públicas y privadas catalanas, forma parte del sistema universitario de Cataluña, en cuanto que:

  • las titulaciones ofrecidas por la UOC se atienen a la programación universitaria de Cataluña y son titulaciones oficiales adaptadas al sistema universitario europeo (EEES).

Además, la UOC garantiza la calidad de sus enseñanzas mediante el programa Audit, impulsado por las agencias de calidad. En este sentido:

  • las titulaciones que ofrece son oficiales y están acreditadas por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU Catalunya), una de las tres primeras agencias incluidas en el Registro Europeo de Garantía de Calidad de la Educación Superior (European Quality Assurance Register for Higher Education, EQAR), lo que asegura el rigor y el cumplimiento de los estándares exigidos por el sistema universitario europeo.